La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 60-2025/Pasco, precisó que proporcionar un vehículo con conocimiento de que será utilizado para cometer un robo constituye complicidad secundaria, no primaria. Ello, debido a que la ayuda no resulta esencial para la ejecución del delito, pues los autores pudieron perfectamente utilizar otro vehículo o desplazarse por otros medios. En consecuencia, la Corte declaró nula la sentencia en el extremo que condenó al recurrente como cómplice primario y ordenó su recalificación como cómplice secundario.