Poseer distintos tipos de drogas en pequeñas cantidades no puede calificarse como microcomercialización
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.º 672-2019, Lima, declaró fundado el recurso interpuesto sobre el supuesto de posesión de drogas y su nula posibilidad de enmarcarse como microcomercialización.

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