Los tipos de peligro abstracto exigen que se verifique un peligro real y efectivo
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 357-2018/Áncash, ha referido que, aun cuando se trate de delitos de peligro abstracto, la intervención penal solo resultará justificada cuando la conducta del agente convierta ese peligro hipotético en uno real y efectivo.

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