La no vulneración de derechos por error material de la Corte que condena a 10 años y luego lo corrige a 15 años
El Tribunal Constitucional del Perú, mediante el EXP. N.º 01738-2020-PHC/TC. ha señalado que no se vulnera derecho alguno si es que Corte Superior, por error material, condena a 10 años y luego lo subsana a 15 años.

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