Robo agravado: La falta de posesión del bien en los detenidos no los exime de responsabilidad
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 197-2025/Lima Sur, precisó que en los casos de robo agravado con varios intervinientes, el hecho de que no se encuentren los bienes sustraídos en posesión de los sujetos capturados no descarta la comisión del delito. Ello resulta lógico si existe otro implicado que no fue intervenido, pues es razonable que sea este quien tenga los bienes en su poder. En el caso concreto, al acreditarse la participación de un tercer sujeto no capturado, la Corte consideró que el argumento de los acusados —basado en la falta de hallazgo de los bienes— no resultaba atendible para desvirtuar su responsabilidad.

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