La Corte Suprema, mediante el R. N. 66-2020-Nacional, ha decidido la nulidad en un caso de lavado de activos debido a la insuficiente información obtenida respecto de los ingresos del investigado. Durante la investigación, se omitió información respecto a sus ingresos y sobre la base de esta, se elaboró una pericia contable defectuosa. Por ese motivo, correctamente la Sala ordenó la nulidad de la sentencia.