Anulan sentencia porque no se llegó a corroborar el estado de inconsciencia de la víctima
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1490-2021/Lima, ha señalado que el recurrente ha reclamado vulneración al debido proceso, en tanto se ha expedido una sentencia de vista con infracción al principio-derecho de motivación de las resoluciones judiciales. En tal sentido, este Tribunal analizará si la decisión de condena se encuentra justificada en la prueba legítimamente incorporada al proceso penal y si se ha efectuado una valoración de la misma atendiendo al sistema de la sana crítica, o, caso contrario, tienen amparo los agravios recursales.

Nuestras publicaciones de jurisprudencia