Imputación a la víctima o falta de engaño suficiente en el delito de estafa
El Tribunal Supremo español, mediante sentencia N.º 441/2023, ha tratado sobre el delito de estafa en un ámbito bancario, desarrollando en un extremo la denominada falta de engaño suficiente y la no relación entre el engaño y el desprendimiento patrimonial.

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