No es procedente la respuesta penal del estado cuando se haga ejercicio del derecho a la libertad de expresión en temas de interés público. Caso Álvarez Ramos Vs. Venezuela
La Corte Interamericana de Derechos Humanos en la sentencia de fecha 30 de agosto de 2019, indicó que no es procedente la persecución penal -en particular, el delito de difamación- cuando se trate de la difusión de temas de interés público, pues ello provocaría, directa o indirectamente, un amedrentamiento de la libertad de expresión.

Nuestras publicaciones de jurisprudencia