Nulidad de sentencia por inadecuada tipificación de los hechos, correspondía imputar el delito de peculado doloso y no el culposo
La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 1811-2019/San Martín, ha indicado que, este tipo penal presenta dos formas de acción delictiva: peculado doloso y peculado culposo. Ambas han sido desarrolladas por el Acuerdo Plenario N.º 4-2005/CJ-116. En cuanto al primero, precisa de la relación funcional entre el sujeto activo y los caudales y efectos (percepción, administración o custodia), y la apropiación o utilización. Respecto al segundo, se configura con el comportamiento negligente del agente, que da lugar a que un tercero sustraiga los efectos o caudales.

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