Concesión de beneficios penitenciarios no es consecuencia necesaria del cumplimiento de requisitos legales exigidos
El Tribunal Constitucional, mediante Exp. N.°06254-2014-PHC-TC/Cusco, se ha referido al otorgamiento de beneficios penitenciarios, entendidos estos no como derechos fundamentales sino garantías del Código de Ejecución Penal.

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