Tribunales Superiores únicamente pueden realizar un control formal respecto del recurso de casación, no pueden ingresar a evaluar la fundabilidad o suficiencia de los argumentos de hecho y de derecho
La Corte Suprema, mediante e Recurso de Queja NCPP N.° 390-2021/Tacna, ha precisado que el razonamiento de la Sala Superior excede las prerrogativas de las que es titular, el rechazo del medio impugnatorio planteado carece de sustento jurídico y resulta errónea.

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