No toda dilación del proceso justifica una reduccion de pena
La Corte Suprema, en el R. N.° 339-2025-Lima Sur, resolvió un recurso en el que se discutía la reducción de la pena por dilación indebida, concluyendo que se infringió el derecho a la motivación porque se redujo la pena del acusado sin justificar adecuadamente la existencia de dicha dilación. La Sala recalcó que el simple paso del tiempo no significa automáticamente que se deba reducir la pena, a menos que se trate de una dilación indebida.

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