La declaración de la agraviada requiere de una corroboración periférica
La Corte Suprema, mediante el recurso de Casación N.° 332-2020, ha concluido que la declaración de la agraviada debe tener una corroboración circunstancial. Con esto, la llamada «prueba periférica» corrobora los detalles del relato de la agraviada, esta no se emplea para vincular de forma directa al procesado con el delito, sino como complemento que refuerza la credibilidad y la contundencia de la sindicación de la víctima.

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