Debe efectuarse una valoración individual y luego conjunta de los medios probatorios
La Corte Suprema, mediante la Nulidad N.°763-2020, Arequipa, ha estimado que se han afectado los derechos a la debida motivación de las resoluciones judiciales y prueba porque no se efectuó una debida valoración de los medios probatorios empleados en juicio.

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