La retractación de la víctima solo afecta la persistencia de la incriminación si ha sido realizada de manera espontánea
En un reciente pronunciamiento, la Corte Suprema tuvo que determinar si la retractación de la víctima realizada mediante una declaración juraba afectaba la persistencia en la incriminación. Sobre el particular, tribunal supremo señaló que la validez de la retractación debe evaluarse de acuerdo al contexto en que se brindó. En el presente caso, posterior a una análisis, se determinó que la retractación no fue realizada de manera espontánea, sino que tuvo como causa un intento de comprar el silencio de la víctima, por lo que se le brindó un valor probatorio a la declaración original de la víctima.

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