No toda inobservancia de una norma procesal deviene necesariamente en una causal de nulidad
La Corte Suprema ha estimado que, a pesar de la participación del magistrado de investigación preparatoria y apelación, en la expedición de la sentencia de vista y en el auto que declaró fundado el requerimiento de prisión preventiva, su actuación jurisdiccional se ha ceñido al principio de legalidad.

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