Contrabando: ¿Se puede disponer de los bienes incautados a pesar de estar ante una sentencia absolutoria?
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 1213-2019/Junín, ha señalado que se verifica de autos que en primera instancia se condenó sin emitir pronunciamiento sobre el decomiso del bien incautado, y en segunda instancia se estimó que al haberse absuelto a aquella carecía de objeto emitir pronunciamiento al respecto, esencialmente por no haberse acreditado la responsabilidad penal de la citada en cuanto al delito de contrabando.

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