¿Es causal de inhibición la "animadversión" entre el juez, condenado y procesado?
La Corte Suprema mediante el Recurso de Casación N.º 491-2020/Callao, ha establecido la “animadversión” como una de las causales de inhibición, regulada en el artículo 53° del Código Procesal Penal.

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