Feminicidio: Nulidad de sentencia absolutoria por incumplimiento del deber de esclarecimiento
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 166-2021/Lima Norte, ha indicado que conforme a lo expuesto se concluye que el deber de esclarecimiento no ha sido cumplido, lo que no implica un adelantamiento de opinión respecto a la pretendida autoría de los hechos por parte del encausado, sino, en estricto, en la necesaria y certera dilucidación de los hechos materia de controversia; por lo que debe aplicarse el artículo 298, numeral 1, del Código de Procedimientos Penales y declarar nula la sentencia absolutoria impugnada.

Nuestras publicaciones de jurisprudencia