Peculado: ¿cómo debe determinarse la pena al tratarse de diversos y múltiples hechos atribuidos?
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1041-2020/Puno, ha señalado que se limitará a resolver lo expresado en los agravios invocados en el recurso de nulidad, teniendo en cuenta que el derecho a la impugnación constituye el ejercicio de un derecho fundamental y la competencia del órgano de revisión está delimitada objetiva y subjetivamente precisamente por los cuestionamientos expresados en los medios impugnatorios (agravios), salvo los supuestos excepcionales de nulidades absolutas.

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