Sala Superior solo se limitó a seguir el mismo razonamiento del Juzgado y omitió advertir la afectación al derecho de la debida motivación de las resoluciones judiciales
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 449-2020/Arequipa, ha señalado que en el presente caso, lo que es materia de dilucidación en sede casacional se restringe a si existió o no falta de motivación en la sentencia de vista.

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