Inasistencia del fiscal superior a audiencia de apelación de auto de sobreseimiento no implica desistimiento de continuar con la investigación
La inasistencia del fiscal superior a la audiencia de apelación de auto de sobreseimiento, no puede ser entendida tácitamente como un desistimiento de continuar con la investigación. El numeral cinco, del artículo cuatrocientos veinte, del Código Procesal Penal y la Directiva N.° 005-2012-Ministerio Público-FN, lo faculta a no asistir a tal audiencia.

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