Nuestro modelo constitucional del proceso exige que la actividad investigatoria en sede prejurisdiccional también deba respetar el debido proceso
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el Exp. EXP. N.° 2521-2005-PHC/TC, se ha pronunciado acerca del alcance y contenido del derecho al debido proceso como parte del modelo constitucional del proceso que ha acogido el ordenamiento jurídico peruano.

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