Incautación sin confirmatoria judicial: ¿prueba ilícita o acto irregular?
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 986-2021/Cajamarca, ha señalado que el análisis del tribunal es razonado y razonable. La prueba es inculpatoria, plural, coincidente entre sí, lícita y suficiente (prueba personal, documental y pericial). La motivación de la sentencia ha sido precisa, clara, completa, suficiente y racional; y, el fallo ha sido congruente. Nada indica un error en la interpretación y aplicación de las normas sobre la tipicidad de los hechos y la determinación de la pena.

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