Corrección de cumplimiento de la pena puede realizarse de oficio aun cuando la decisión que debe corregirse sea firme
La Corte Suprema mediante el Recurso de Nulidad N.° 4580-2007/Callao ha señalo que, el juez de oficio o a pedido de parte puede corregir cualquier error material que contengan las decisiones judiciales. Esto puede realizarse antes de que la decisión quede firme o en ejecución de sentencia.

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