Peculado doloso y completitud probatoria para condenar
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 2194-2019/Puno, ha señalado que el juicio conclusivo de responsabilidad reviste entidad y merece ser confirmado. La completitud de la prueba actuada permite concluir que la condena penal impuesta reviste entidad. la presunción, de la cual se encontraba premunido el encausado se ha enervado.

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