El derecho de defensa es vulnerado cuando cualquiera de las partes resulta impedida, por concretos actos de los órganos judiciales, de ejercer los medios para defender sus derechos
El Tribunal Constitucional menciona que: el contenido constitucionalmente protegido del derecho de defensa es vulnerado cuando, en el seno de un proceso judicial, cualquiera de las partes resulta impedida, por concretos actos de los órganos judiciales, de ejercer los medios necesarios, suficientes y eficaces para defender sus derechos e intereses legítimos.

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