¿Cuándo se incurren en error de tipo y en error de comprensión culturalmente condicionado?
La Corte Suprema, mediante el Recurso de Casación N.° 146-2019/Madre de Dios, ha señalado que el motivo casacional se circunscribe a dilucidar dos aspectos puntuales: i) si en el caso se ha dado una incorrecta aplicación de la norma penal que regula el error de tipo, a partir de lo referido en el Informe Pericial Antropológico de Parte número 001-2017, y ii) si la pena impuesta es acorde con lo solicitado en su acusación por el Ministerio Público, quien requirió que se imponga al recurrente la pena privativa de libertad de cinco años, pero el Juzgado Colegiado le impuso la pena de veinte años.

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