Se debe acreditar la razón de imposibilidad para acudir a audiencia al solicitar reprogramación de fecha
El Tribunal Constitucional, mediante sentencia recaída en el expediente N.º 00814-2022-PHC/TC Ica, se ha referido a la justificación que se debe dar por las partes al momento de reprogramar una audiencia de apelación de sentencia.

Nuestras publicaciones de jurisprudencia

Concurso aparente de leyes: Secuestro y coacción

14 de Marzo de 2023

Concurso aparente de leyes: Secuestro y coacción

Por: Pariona Abogados

¿Qué es la cosa juzgada formal?

14 de Marzo de 2023

¿Qué es la cosa juzgada formal?

Por: Pariona Abogados