TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS: SEGÚN LAS MÁXIMAS DE LA EXPERIENCIA, ES UNA ESTRATEGIA DELICTIVA EL USO DE COMUNICACIONES ENCRIPTADAS, CIFRADAS O EN CLAVE PARA FACILITAR EL TRANSPORTE DE LA DROGA [R. N. N.º 322-2025 CSNJ PENAL ESPECIALIZADA]
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.º 322-2025/CSNJ PENAL ESPECIALIZADA, determinó que, según las máximas de la experiencia, el uso de comunicaciones encriptadas, en clave o cifradas son estrategias delictivas para facilitar el transporte de droga en el delito de tráfico ilícito de drogas. La Corte señaló que la regla de experiencia hace razonable y admisible inferir que el uso del lenguaje cifrado entre el condenado y los demás intervinientes responde a una manifiesta estrategia delictiva con la que se pretende evitar que personas ajenas a su entorno criminal puedan entender dichas conversaciones.
La Corte precisó “[que] de ese modo, se reduce el riesgo de que el entramado criminal pueda ser descubierto, en casos donde las comunicaciones sean interceptadas o existan eventuales filtraciones (p. ej. a través de agentes encubiertos). Además, de esa forma se reduce la duración de cada conversación para comunicar asuntos de interés, lo cual protege y maximiza la confidencialidad de la información proporcionada. El uso del lenguaje cifrado permite una coordinación efectiva, rápida y célere, lo que es indispensable en actividades delincuenciales donde los agentes conocen la potencialidad de que sus interacciones puedan ser vigiladas o interceptadas. Es innegable que las organizaciones delictivas desarrollan estos intrincados sistemas de comunicación porque se representan dicha posibilidad.” [F.J. 16.6]
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