TID: ¿Cuál es el valor probatorio de los informes de inteligencia?

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1006-2015, Lima se ha pronunciado sobre el valor probatorio de los informes de inteligencia de la policía en el marco del proceso penal.

TRÁFICO DE DROGAS: ¿CUÁL ES EL VALOR PROBATORIO DE LOS INFORMES DE INTELIGENCIA? [R.N. N.° 1006-2015, Lima]

La Corte Suprema, mediante el Recurso de Nulidad N.° 1006-2015, Lima se ha pronunciado sobre el valor probatorio de los informes de inteligencia de la policía en el marco del proceso penal.

En ese sentido, el colegiado ha señalado que “el informe […] constituye un acto investigativo preprocesal ('es un documento en el que agentes policiales atribuyen al inculpado la presencia en algún lugar y el encuentro con determinadas personas, por lo que, en realidad, operan como una suerte de anómalos testigos')” (FJ. N.° 14).

Esta sentencia es importante, porque señala cuál es el valor probatorio de los informes de inteligencia de la policía.

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