SUSPENSIÓN DE LA PENA: LA CONTUMACIA IMPIDE EL PRONÓSTICO FAVORABLE [R. N. N.° 1019-2025/LIMA]
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 1019-2025/Lima, precisó que la suspensión de la ejecución de la pena exige un pronóstico favorable sobre la conducta futura del condenado, el cual no puede inferirse cuando este fue declarado reo contumaz durante el proceso y no se puso a disposición de las autoridades desde un primer momento. En consecuencia, el Tribunal declaró no haber nulidad de la resolución que desestimó dicho pedido.
El colegiado indico que ‘‘Asimismo, no existe un pronóstico favorable del comportamiento futuro del recurrente dado que mediante resolución de fecha 5 de octubre de 2023, emitida en el Expediente N.° 22749-20138, fue declarado reo contumaz. Del mismo modo, en el presente proceso, el recurrente no se puso a disposición del Colegiado Superior para la ejecución de la pena impuesta, circunstancia que dificultó su inmediata ejecución hasta su aprehensión el 8 de mayo de 2025 y puesta a disposición de la autoridad judicial para el cumplimiento de la condena. Tales circunstancias revelan una conducta procesal incompatible con la existencia de un pronóstico favorable sobre su comportamiento futuro’’ [FJ. 2.10].
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