Suficiencia de elementos objetivos y subjetivos para la valoración de la pretensión civil

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 640-2022, Ica, se pronunció en torno a la valoración de la pretensión civil. El delito a colación fue sobre el delito de lavado de activos en agravio del Estado.

SUFICIENCIA DE ELEMENTOS OBJETIVOS Y SUBJETIVOS PARA LA VALORACIÓN DE LA PRETENSIÓN CIVIL [Casación N.° 640-2022, Ica]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.° 640-2022, Ica, se pronunció en torno a la valoración de la pretensión civil. El delito a colación fue sobre el delito de lavado de activos en agravio del Estado.

La Sala Penal Permanente consideró que “[...] los elementos de investigación ya señalados permiten concluir, provisionalmente, la realidad en un grado de probabilidad suficiente de la comisión de un bloque de hechos ilícitos con entidad para generar un daño al Estado necesitado de indemnización, de suerte que, ante la mayor fuerza de los elementos de convicción de cargo respecto de los medios de investigación de descargo, resulta razonable concluir que los jueces de mérito debieron examinarlos en un juicio oral desde la perspectiva de la pretensión civil de la Procuraduría Pública del Estado, sede procesal donde incluso se podrán actuar y valorar otros elementos de prueba.l”.

Esta decisión es importante ya que brinda mayores alcances en torno a la pretensión civil y su eventual examinación en audiencia correspondiente.

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