Robo agravado: La violencia puede concurrir con posterioridad a la sustraccion del bien

La Corte Suprema , en la Casación N°3275- 2022-Lambayeque, resolvió un caso de delito de robo agravado. En este caso, el procesado forcejeo con el agraviado cuando este intentó recuperar su bien sustraído . La Sala confirmó la condena resaltando que el delito de robo agravado también se configura cuando la violencia resaltó que es ejercida para impedir la oposición de la víctima.

ROBO AGRAVADO: LA VIOLENCIA PUEDE CONCURRIR CON POSTERIORIDAD A LA SUSTRACCIÓN DEL BIEN [CASACIÓN N.° 3275-2022-LAMBAYEQUE]

La Corte Suprema , en la Casación N°3275- 2022-Lambayeque, resolvió un caso de delito de robo agravado. En este caso, el procesado forcejeo con el agraviado cuando este intentó recuperar su bien sustraído . La Sala confirmó la condena resaltando que el delito de robo agravado también se configura cuando la violencia resaltó que es ejercida para impedir la oposición de la víctima.

El colegiado señaló que “No necesariamente la violencia debe emplearse antes de la sustracción del bien mueble ajeno que se trate, aunque sí debe viabilizar su apoderamiento. Sobre ello, para comprender la configuración típica del elemento de la “violencia” o “amenaza” como un medio, debe considerarse que ello tiene que estar encaminado a dos fines: (i) facilitar el apoderamiento o (ii) vencer la resistencia de quien se opone al apoderamiento. De ahí que la violencia esté siempre orientada a impedir toda capacidad de actuación anterior o reacción concomitante de la víctima que pueda obstaculizar la consumación del robo.”[F.J. 6]

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