¿Puede protocolo de pericia psicológica sobreponerse al informe psicológico y psiquiátrico?

La Corte Suprema, mediante R. N. N° 732-2022, Lima Norte, se pronunció en torno al protocolo de pericia psicológica como una de las causales para la absolución fundamentada por la Sala Superior El delito a colación fue contra la libertad sexual, en concreto, violación sexual de menor de edad.

¿PUEDE PROTOCOLO DE PERICIA PSICOLÓGICA SOBREPONERSE AL INFORME  PSICOLÓGICO Y PSIQUIÁTRICO? [R. N. N° 732-2022, Lima Norte]

La Corte Suprema, mediante R. N. N° 732-2022, Lima Norte, se pronunció en torno al protocolo de pericia psicológica como una de las causales para la absolución fundamentada por la Sala Superior El delito a colación fue contra la libertad sexual, en concreto, violación sexual de menor de edad.

La Corte Suprema ha sostenido que "Además, omite la Sala Superior que si bien el protocolo de pericia psicológica no concluye en la presencia de estresor o afectación a nivel sexual de la menor, si especifica de manera expresa que esta se encuentra en un estado de malestar emocional atribuible a los hechos referidos en la cámara Gesell, esto es, a los hechos objeto de imputación En igual sentido, el informe psicológico y psiquiátricos practicados han establecido la presencia de un trastorno de estrés postraumático en la agraviada con motivo de la situación descrita.”.

Esta decisión es importante puesto que brinda mayores alcances en torno a las implicancias del protocolo de la pericia psicológica en los delitos contra la libertad sexual.

[Accede a la jurisprudencia en "Descargar"].

Pariona Abogados