PREVALENCIA DE LA DECLARACIÓN INCULPATORIA SOBRE LA EXCULPATORIA ANTE CONTRADICCIONES [R. N. N.º N.° 1423-2023/LIMA]
La Corte Suprema de Justicia abordó un proceso por violación sexual de menor de edad en el que en instancia inferior se condenó al procesado gracias a la declaración inicial de la víctima en cámara Gesell. No obstante, al llegar al estadio de juicio oral, la menor se retractó de su versión alegando una supuesta manipulación por parte de su madre; argumento que la Corte Suprema desestimó al advertir que dicho cambio de versión respondía a una dependencia económica familiar que desvirtuaba su espontaneidad. El Tribunal estableció que frente a declaraciones contradictorias de un mismo sujeto resulta posible hacer prevalecer la inculpación inicial sobre la retractación posterior. En consecuencia, se resolvió no declarar la nulidad y confirmar la condena de treinta y cinco años de prisión.
El colegiado indicó que: “[A]hora bien, frente a esas variantes cabe destacar que este Supremo Tribunal ha precisado que frente a dos o más declaraciones carentes de uniformidad o persistencia por parte de un mismo sujeto procesal, es posible hacer prevalecer como confiable aquella declaración con contenido de inculpación por sobre las otras de carácter exculpante. Lo cual quedo establecido en el Recurso de Nulidad N.° 3044-2004. En ese sentido, la declaración incriminatoria de la menor contenida en la entrevista única de cámara Gesell y la manifestación policial de J.A.V.C, ambas realizadas en presencia del representante del Ministerio Público al estimar como fiables. Además, se advierte la concurrencia de una condicionante económica debido a que el hermano del procesado suministra una pensión de manutención que asciende a la cantidad de S/. 3,000.00 soles mensuales. La que se deposita en la cuenta de J.A.V.C. para solventar los gastos de los hijos en común que tiene con el procesado R.B.C.R., entre ellos, la propia menor agraviada.” [F.J. 15]