NO SE EXIGE EL CUMPLIMIENTO DEL DEBER DE GARANTE A UNA MADRE CON MÚLTIPLES VULNERABILIDADES [RECURSO DE NULIDAD N.º 1828-2022 PUNO]
La Corte Suprema de Justicia, mediante el Recurso de Nulidad N.º 1828-2022 Puno, ha realizado una valoración respecto a la posibilidad de actuar en la posición de garante de una madre frente a su menor hijo recién nacido.
El colegiado explicó que “desde la tipicidad objetiva del delito de infanticidio, no le es exigible a la procesada desplegar alguna acción para evitar el resultado muerte del infante, atendiendo a su ubicación fáctica de mujer con múltiples vulnerabilidades, como madre en estado puerperal, ama de casa, analfabeta, en situación de extrema pobreza, perteneciente a un centro poblado, con lengua originaria aymara y sin acceso a los servicios básicos de salud; contexto en donde el procesado estaba en condiciones de superioridad por su masculinidad. Por tanto, a la luz de los datos de la realidad, el Derecho Penal no le puede exigir una conducta heroica cuando incluso estaba en riesgo su propia integridad. De tal forma que en estas condiciones menos se le puede atribuir que su conducta omisiva estuvo orientada dolosamente a producir el resultado muerte del agraviado" (FJ. 21).
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