LAVADO DE ACTIVOS: UNA EMPRESA CON AÑOS DE EXISTENCIA PUEDE SER DISUELTA SI SU ACTIVIDAD SE VINCULÓ AL ILÍCITO [R.N. N.° 155-2025-LIMA]
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 155-2025-Lima, precisó que la disolución de una persona jurídica procede no solo cuando fue creada con el único fin de cometer delitos (empresas fachadas), sino también cuando su operatividad efectiva se encuentra conectada temporalmente con el ilícito penal. En el caso concreto, si bien la empresa minera tenía 20 años de existencia en proceso de formalización, recién en el año de los hechos (2013) inició sus exportaciones masivas de oro (51 exportaciones), coincidiendo con el material inmovilizado de origen ilícito. El Tribunal concluyó que la constitución, existencia y operatividad de la empresa estuvieron vinculadas a la comisión del delito de lavado de activos, justificando su disolución.
La Corte Suprema señaló que: “Todo ello demuestra que luego de su constitución ante Sunarp e inscripción en Sunat no fue sino hasta el año 2013 que la empresa C. G. Koening S. A. realizó hasta 51 exportaciones, y el 29 de noviembre de 2013 se realizó una exportación de oro que justamente fue el material inmovilizado y que dio pie al presente proceso penal, por este motivo, se cumple con la exigencia del acuerdo plenario [Acuerdo Plenario 7-2009/CJ/116]; es decir, que existe prueba de que la constitución, existencia y operatividad de la empresa C. G. Koening S. A. estuvo conectada a la realización del hecho ilícito. Asimismo, se advierte una peligrosidad objetiva de que la persona jurídica en mención vuelva a involucrarse en este tipo de delitos, puesto que a pesar de su larga existencia hasta la fecha de los hechos no cumplió con formalizarse ni con justificar la procedencia lícita del oro que pretendía exportar. Por ello, se rechaza el agravio 4.3. Por lo tanto, la decisión de la condena debe ratificarse.” [F.J. 67]
Para recibir más información únete a nuestra COMUNIDAD:
- Telegram: Comunidad Pariona Abogados
- WhatsApp: Comunidad Pariona Abogados
¿NECESITAS AYUDA LEGAL? Contáctanos: (+51) 915 154 298