LA RETRACTACIÓN PIERDE CONSISTENCIA CUANDO LA VÍCTIMA PRESENTA DOS VERSIONES DISTINTAS E INCOMPATIBLES [R. N. N.° 310-2025 HUÁNUCO]
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 310-2025/Huánuco, evaluó el cuestionamiento sobre la valoración de la retractación de la víctima en juicio oral. El Tribunal determinó que dicha retractación carecía de consistencia, toda vez que la víctima ofreció dos versiones distintas sobre el motivo de su cambio de declaración: primero señaló que se retractó porque escuchó una conversación entre sus hermanas, y luego afirmó que lo hizo tras conversar con un obispo. La presencia de estas dos explicaciones divergentes restó credibilidad a su retractación, lo que llevó a la Corte a desestimar el recurso y confirmar la condena.
El colegido indico que ‘‘Por tanto, conforme con lo anotado tenemos dos versiones sobre cómo se retractó la agraviada: por una parte, esgrime que al escuchar a sus hermanas mayores es que decide revelar la verdad y por otra que luego de entrevistarse con un obispo es que contó que los hechos eran falsos, lo que nos lleva a concluir que estas nuevas versiones exculpatorias no son uniformes ni consistentes, menos se corroboran entre sí’’ (F. J. 12).
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