La interdicción a la arbitrariedad guarda relación con la función endoprocesal de la motivación

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 2698-2021-Huaura, se ha referido sobre el control constitucional que versa sobre la arbitrariedad dentro del proceso penal.

LA INTERDICCIÓN A LA ARBITRARIEDAD GUARDA RELACIÓN CON LA FUNCIÓN ENDOPROCESAL DE LA MOTIVACIÓN [CASACIÓN N.° 2698-2021-HUAURA]

La Corte Suprema, mediante la Casación N.º 2698-2021-Huaura, se ha referido sobre el control constitucional que versa sobre la arbitrariedad dentro del proceso penal.

La Corte Suprema ha señalado que “[…] debemos precisar que la interdicción de la arbitrariedad guarda especial relación con la función endoprocesal de la motivación, que se trata de un control institucional dentro del mismo sistema de justicia que permite salvaguardar la integridad en el ejercicio de la función jurisdiccional y se sustenta, entre otros, en dar respuesta a cada uno de los agravios planteados y en la determinación de si, efectivamente, se han producido los errores y vicios denunciados; ello en ninguna medida implica que la respuesta de la Sala Superior, a lo alegado por la parte recurrente, omita expresar las razones que conllevan adoptar una posición en razón a que, en contrapartida, se estaría afectando el derecho de los sujetos procesales a conocer los fundamentos del fallo” (FJ. 10).

Esta sentencia es importante, porque reafirma la labor de la constitución como límite a la práctica de la arbitrariedad en el proceso penal.

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