INHIBICIÓN POR DECORO: PROCEDE POR VÍNCULO ACADÉMICO-LABORAL CON EL ABOGADO DE UNA PARTE [APELACIÓN N.° 9-2025/UCAYALI]
La Corte Suprema, en la Apelación N.° 9-2025/Ucayali, declaró fundada la inhibición de un juez supremo que solicitó apartarse del proceso al advertir que el abogado defensor del recurrente era el responsable académico de la maestría en Derecho Penal en la que el magistrado se desempeñaba como docente. La Corte encuadró la causal en el artículo 53.1.e) del Código Procesal Penal —"cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su imparcialidad"— al considerar que la vinculación laboral vertical en el ámbito académico genera una apariencia que podría afectar su deber de objetividad e imparcialidad.
El colegiado ha señalado que "esta situación, de abstención por decoro, que según el magistrado merece su apartamiento, resulta objetivamente suficiente en tanto que lo argumentado evidencia la apariencia de un motivo que podría afectar su deber de objetividad e imparcialidad, pues la vinculación de orden laboral vertical aún en el ámbito académico donde el magistrado se desenvuelve en una cátedra de la maestría a cargo de Álvarez Yrala, quien es abogado patrocinador del recurrente Reátegui Urresti pone de manifiesto, aunque sea de modo subalterno, la afectación de dicho deber, el cual debe erigirse de manera externa y no solo interna y de forma impoluta de cara a la sociedad lo cual derivará en la resolución final de la causa" [FJ. 8].
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