Falta de pago de las mesadas pensionales: Interrelación entre los derechos a la seguridad social y a la vida digna en el caso de personas mayores

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante la sentencia del 21 de noviembre de 2019 del Caso ANCEJUB vs. Perú, se ha pronunciado acerca de la interrelación que existe entre los derechos a la seguridad social y a la vida digna por verse afectados al incumplirse con el pago de las mesadas pensionales.

FALTA DE PAGO DE LAS MESADAS PENSIONALES: INTERRELACIÓN ENTRE LOS DERECHOS A LA SEGURIDAD SOCIAL Y A LA VIDA DIGNA EN EL CASO DE PERSONAS MAYORES [CASO ASOCIACIÓN NACIONAL DE CESANTES Y JUBILADOS DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA (ANCEJUB-SUNAT) VS. PERÚ]

La Corte Interamericana de Derechos Humanos, mediante la sentencia del 21 de noviembre de 2019 del Caso ANCEJUB vs. Perú, se ha pronunciado acerca de la interrelación que existe entre los derechos a la seguridad social y a la vida digna por verse afectados al incumplirse con el pago de las mesadas pensionales.

La Corte considera que en el presente caso los derechos a la seguridad social y a la vida digna se interrelacionan, situación que se acentúa en el caso de personas mayores. El Tribunal ha señalado que la ausencia de recursos económicos ocasionada por la falta de pago de las mesadas pensionales genera en una persona mayor directamente un menoscabo en su dignidad, pues en esta etapa de su vida la pensión constituye la principal fuente de recursos económicos para solventar sus necesidades primarias y elementales como ser humano. Lo mismo puede afirmarse de la falta de otros conceptos que se encuentran directamente relacionados con la pensión, como son el pago de reintegros adeudados. (FJ 185)

Esta sentencia es relevante pues la Corte IDH nos explica de qué manera se interrelacionan los derechos a la seguridadsocial y a la vida digna cuando se incumple con el pago de mesadas pensionales. 

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