Es válida inspección técnico-fiscal con ausencia del imputado si se encuentra el defensor público

La Corte Suprema, mediante Casación N.º 2081-2021/Selva Central, se ha referido a la inspección técnico-fiscal y la ausencia del imputado.

ES VÁLIDA INSPECCIÓN TÉCNICO-FISCAL CON AUSENCIA DEL IMPUTADO SI SE ENCUENTRA EL DEFENSOR PÚBLICO [CASACIÓN N.° 2081-2021 SELVA CENTRAL]

La Corte Suprema, mediante Casación N.º 2081-2021/Selva Central, se ha referido a la inspección técnico-fiscal y la ausencia del imputado.

El colegiado supremo determinó que “en cuanto al acta de inspección técnico-fiscal del catorce de noviembre de dos mil diecisiete, se señaló que fue realizada en el lugar sin la presencia de los acusados; empero, no se tuvo en cuenta que en dicha acta se dejó constancia de que, a fin de no vulnerar los derechos de los investigados, estuvo presente el abogado defensor público, quien no dejó constancia alguna luego de culminada la diligencia” (F.J. 18).

Esta sentencia es importante porque interpreta la figura de la inspección técnico-fiscal a partir de una mirada garantista del derecho de defensa. 

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