El testimonio y persistencia de incriminación de los coimputados no es suficiente para condenar a otro imputado

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 2192-2021-Madre de Dios, se ha referido sobre la valoración probatoria del testimonio de los coimputados en un proceso penal.

EL TESTIMONIO Y PERSISTENCIA DE INCRIMINACIÓN DE LOS COIMPUTADOS NO ES SUFICIENTE PARA CONDENAR A OTRO IMPUTADO [CASACIÓN N.º 2192-2021-MADRE DE DIOS]

La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 2192-2021-Madre de Dios, se ha referido sobre la valoración probatoria del testimonio de los coimputados en un proceso penal.

La Corte Suprema ha señalado “[…] es de tener presente que con el solo testimonio de coimputados no se puede condenar a otro imputado, más aún si los primeros no han sido siquiera persistentes en su incriminación. De ser así, se estaría ante una prueba insuficiente (ex artículo 158, apartado 2, del CPP). Se necesita de elementos de corroboración objetivos que consoliden los cargos iniciales frente a las protestas de inocencia del recurrente” (FJ. 5).

Esta sentencia es importante, porque señala que el testimonio del coimputado no es incontingente para establecer responsabilidad penal a otro imputado.

Fuente: https://jurisprudencia.pj.gob.pe/jurisprudenciaweb/faces/page/inicio.xhtml

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