Coautoría en homicidio: No exige que todos disparen, basta un aporte esencial al plan común

La Corte Suprema, en la Casación N.° 679-2022/Huara, precisó que la coautoría en el delito de homicidio no exige que todos los intervinientes hayan disparado el arma. Basta con que cada uno realice un aporte esencial dentro de un plan delictivo común, de modo que la conducta conjunta permita atribuirles responsabilidad como coautores, más allá de quién haya ejecutado materialmente el disparo. En consecuencia, el Tribunal declaró infundado el recurso de casación del acusado.

COAUTORÍA EN HOMICIDIO: NO EXIGE QUE TODOS DISPAREN, BASTA UN APORTE ESENCIAL AL PLAN COMÚN [CASACIÓN N.° 679-2022/HUARA]

La Corte Suprema, en la Casación N.° 679-2022/Huara, precisó que la coautoría en el delito de homicidio no exige que todos los intervinientes hayan disparado el arma. Basta con que cada uno realice un aporte esencial dentro de un plan delictivo común, de modo que la conducta conjunta permita atribuirles responsabilidad como coautores, más allá de quién haya ejecutado materialmente el disparo. En consecuencia, el Tribunal declaró infundado el recurso de casación del acusado.

El colegiado indicó que ‘‘En ese sentido, si bien la defensa técnica de los recurrentes argumenta que solo un sujeto percutó el arma contra el  agraviado, la actuación en coautoría se detecta en toda la  secuencia del suceso delictivo. Sobre todo, este Supremo Tribunal tiene en cuenta que golpear, arrastrar al agraviado al vehículo (mototaxi) y asegurar su inmovilidad en un lugar descampado para que luego uno de los procesados efectúe sobre él los disparos que pudieron extinguir su vida configuran objetivos aportes esenciales y concatenados para la ejecución conjunta del suceso delictivo. Esto es lo que normativamente criminaliza el artículo 23 del Código Penal  como coautoría. Tampoco este Supremo Tribunal aprecia apartamiento de su doctrina jurisprudencial. Por consiguiente, en el extremo evaluado los agravios señalados por la defensa no son estimables’’ [FJ. 18].

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