No toda sentencia absolutoria implica necesariamente una condena por denuncia calumniosa
La Corte Suprema de Justicia precisó que no toda absolución de quien fue denunciado y procesado genera automáticamente la condena por delito de denuncia calumniosa al denunciante. El Tribunal Supremo indicó que lo esencial para la configuración de este delito es la falsedad —objetiva y subjetiva— de la denuncia. En el caso específico analizado, la condena por denuncia calumniosa se mantuvo firme ya que se demostró que los hechos denunciados no se produjeron, así como la existencia de incongruencias en la declaración de la denunciante.

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