El plazo razonable reduce excepcionalmente la pena concreta cuando se excede el límite en procesos simples
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 912-2025/CSNJ Penal Especializada, estableció como criterio que el plazo razonable incide en la determinación de la pena como una regla excepcional de bonificación procesal, cuya aplicación no es automática, sino que debe evaluarse en cada caso. En el caso concreto, al tratarse de un proceso simple que duró aproximadamente diez años —con dos absoluciones previas y tres juicios orales— y acreditarse que el encausado se sometió permanentemente a la justicia sin maniobras dilatorias, la Corte evidenció una afectación al derecho fundamental al plazo razonable. Por ello, aplicando el Acuerdo Plenario 2-2024/CIJ-112, redujo sustantivamente la pena de seis a cinco años de privación de libertad.

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