Retractación del testigo: No vincula al juez, puede darse mayor valor a la declaración inicial
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 801-2025/Callao, precisó que cuando un testigo ha declarado tanto en investigación preliminar como en juicio oral, el tribunal no está obligado a dar prevalencia a lo dicho en el juicio, sino que puede valorar libremente cuál de ambas declaraciones le merece mayor fiabilidad. En el caso concreto, el testigo se retractó en el juicio oral, pero la Corte consideró que su declaración inmediatamente posterior a la detención era más espontánea, coherente y detallada que la retractación posterior. Por ello, le concedió mayor credibilidad a su primera versión y confirmó la condena de 16 años para el encausado, declarando no haber nulidad.

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