El dolo se determina por el conocimiento del riesgo de la conducta, no por la intención del agente
La Corte Suprema, en el Recurso de Nulidad N.° 0093-2026-Lima Sur, reafirmó que el dolo se determina por el conocimiento del riesgo generado por la conducta, no por la intención o finalidad del agente. En el caso concreto, la Sala Superior descartó la tentativa de feminicidio al considerar que el acusado solo quiso "jalar" a la víctima del cuello. La Corte declaró nula la sentencia al advertir que dicha valoración omitió analizar objetivamente si el imputado conocía el riesgo letal de su accionar. Al no analizarse si el imputado tenía conocimiento de las posibles consecuencias de su actuar y que, pese a ello, las ejecutó, se declaró nula la sentencia y se ordenó un nuevo juicio oral.

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