Inhibición por decoro: Procede por vínculo académico-laboral con el abogado de una parte
La Corte Suprema, en la Apelación N.° 9-2025/Ucayali, declaró fundada la inhibición de un juez supremo que solicitó apartarse del proceso al advertir que el abogado defensor del recurrente era el responsable académico de la maestría en Derecho Penal en la que el magistrado se desempeñaba como docente. La Corte encuadró la causal en el artículo 53.1.e) del Código Procesal Penal —"cualquier otra causa, fundada en motivos graves, que afecte su imparcialidad"— al considerar que la vinculación laboral vertical en el ámbito académico genera una apariencia de motivo que podría afectar su deber de objetividad e imparcialidad, exigencia que debe proyectarse de manera externa e impoluta.

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