Tengo antecedentes penales, ¿qué debo realizar para anular dichos antecedentes?

Los antecedentes penales se generan cuando el Poder Judicial impone una condena firme y definitiva contra una persona por haberse acreditado que cometió un delito. Si la persona ya cumplió con su condena impuesta en la sentencia, debe solicitar al Poder Judicial la anulación total de sus antecedentes. Este pedido no puede ser denegado bajo ninguna circunstancia.

Tengo Antecedentes Penales ¿qué trámite debo realizar para anular dichos antecedentes?

Si usted ya cumplió su condena, deberá hacer lo siguiente:

Presentar un escrito al Juzgado o Sala que emitió la sentencia, solicitando su rehabilitación (El Órgano Jurisdiccional remitirá al Registro Nacional de Condenas el oficio y copia certificada de la resolución de rehabilitación en la que se ordenará la cancelación de sus antecedentes penales). Si no existen observaciones, el Registro Nacional de Condenas procederá a cancelar la sentencia respectiva.

El Juzgado o Sala que me sentenció ha sido desactivado y es casi imposible la ubicación de mi expediente, ¿qué trámite tengo que realizar para anular mis Antecedentes Penales?

Si el Juzgado ha sido desactivado y el expediente es muy antiguo ó se ha extraviado; usted podrá solicitar la cancelación de sus antecedentes penales de la siguiente forma:

 Presentando un escrito dirigido al Presidente de la Corte Superior del Distrito Judicial que lo sentenció, mediante el cual solicitará su Rehabilitación, o ante la Mesa de Partes de los Juzgados Penales de Turno de la Corte Superior respectiva.


Adjuntar al escrito el Certificado de Antecedentes Penales de uso administrativo expedido por el Registro Nacional de Condenas (el Juzgado o Sala respectivo, emitirá la Resolución de Rehabilitación correspondiente, tomando como referencia los datos consignados en el Certificado de Antecedentes Penales).
 

¿Puedo reemplazar el DNI por otro documento?

Todo ciudadano mayor de 18 años se identifica con el Documento Nacional de Identidad (DNI), por lo tanto, no podrá ser reemplazado por otros documentos.

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