Proponen modificar el delito de difamación (art. 132° del Código Penal)

El 22 de diciembre del presente año, la Congresista de la República María Teresa Cabrera Vega, integrante del grupo parlamentario Podemos Perú presentó el Proyecto de Ley N.º 1060/2021-CR, denominado: “Proyecto de ley que penaliza como forma agravada el delito de difamación cometido con obtención de beneficio o lucro económico”.

PROPONEN MODIFICAR EL DELITO DE DIFAMACIÓN (ART. 132° DEL CÓDIGO PENAL)

El 22 de diciembre del presente año, la Congresista de la República María Teresa Cabrera Vega, integrante del grupo parlamentario Podemos Perú presentó el Proyecto de Ley N.º 1060/2021-CR, denominado: “Proyecto de ley que penaliza como forma agravada el delito de difamación cometido con obtención de beneficio o lucro económico”.


Modificar el artículo 132° del Código Penal, incorporar al tercer párrafo el texto siguiente:
 

“Artículo 132.- Difamación
(…)
(…)
Si el delito se comete por medio del libro, la prensa u otro medio de comunicación social, la pena será privativa de libertad no menor de uno ni mayor de tres años y de ciento veinte a trescientos sesenta y cinco días-multa. En el caso que, el delito se cometa con el propósito de obtener beneficio o lucro alguno, la pena será privativa de libertad no menor de cuatro ni mayor de seis años y de ciento ochenta a trescientos sesenta días multa.”

 

La presente iniciativa legislativa tiene como objeto adoptar medidas eficaces para la protección de los ciudadanos cuyo honor o reputación se han visto lesionados a través de la difusión o publicación de imputaciones a través del libro, prensa o cualquier otro medio de comunicación social, y todo ello impulsado por el ánimo del agente para la obtención de un beneficio o pago alguno. 
 

[Proyecto de ley en "Descargar"]. 

Fuente:None

Pariona Abogados