Ex funcionario público deberá entregar toda la información contenida en su correo electrónico institucional

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que acogió el recurso de protección deducido por la Municipalidad de Quinchao en contra de un ex funcionario, quien se negó a entregar la información contenida en el correo electrónico que utilizó en el ejercicio de sus funciones públicas, y cuya información es de carácter pública.

EX FUNCIONARIO PÚBLICO DEBERÁ ENTREGAR TODA LA INFORMACIÓN CONTENIDA EN SU CORREO ELECTRÓNICO INSTITUCIONAL

La Corte Suprema confirmó la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt, que acogió el recurso de protección deducido por la Municipalidad de Quinchao en contra de un ex funcionario, quien se negó a entregar la información contenida en el correo electrónico que utilizó en el ejercicio de sus funciones públicas, y cuya información es de carácter pública.

La municipalidad indicó que el recurrido desempañaba funciones como director de SECPLAN (Secretaría comunal de planificación) y que, al entregar su cargo y hacer traspaso de toda la información, se negó a proporcionar los datos del correo que utilizaba mientras desempeñó sus funciones, argumentando que se trataba de un correo personal y no institucional, ya que era una cuenta Gmail, indicando que cualquier información que llegara a esa casilla no sería derivada a la nueva autoridad.

El recurrido informó que la municipalidad le asignó un correo institucional con la finalidad de cumplir con sus funciones. No obstante, un colega le advirtió que tales casillas no servían para recibir correos de gran tamaño, por lo que le indicó como solución utilizar una cuenta de Gmail, por la que se debe pagar mensualmente para tener una cuota de espacio que asegure la recepción de dichos correos, haciéndose cargo de pagar de forma particular el importe mensual correspondiente.

Además, sostuvo que a fines de agosto procedió a enviar los correos electrónicos en su totalidad, sólo exceptuando aquellos que correspondían a propagandas o promociones, y correos correspondientes a aquellos recibidos con la fecha de la orden de no innovar decretada en autos.

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