ROBO: LAS IRREGULARIDADES EN LA CADENA DE CUSTODIA NO CONLLEVAN POR SÍ MISMAS ALGUNA VULNERACIÓN DE UN DERECHO FUNDAMENTAL [CASACIÓN N.° 1669-2021-LORETO]
La Corte Suprema, mediante sentencia recaída en la Casación N.° 1669-2021-Loreto, se ha referido sobre la cadena de custodia en el delito de robo con subsecuente muerte.
La Corte Suprema ha señalado que “[…] cabe destacar que las irregularidades en la cadena de custodia no conllevan por sí mismas una vulneración de derecho fundamental, solo si tienen gravedad hasta llegar a lo que se denomina ‘ruptura de la cadena de custodia’, que despierten dudas sobre posible contaminación o alteraciones de lo obtenido por la Policía, es decir, si es idónea para descartar su fiabilidad –las dudas genéricas son insuficientes–, expulsando del acervo probatorio tal fuente de prueba. Es, pues un problema de fiabilidad probatoria no de validez probatoria [SSTSE 15 de junio de 2020; 506/2012, de 11 de junio; 15 de octubre de 2018; y, 1029/2013, de 28 de diciembre]” (FJ 4).
Esta sentencia es importante, porque esclarece una disyuntiva procesal respecto de la ruptura de la cadena de custodia.
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